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Decreto N°20 · Documentos y registros

Documentos del Decreto 20 y carpeta SEREMI para ELEAM

Todo lo que una residencia de personas mayores debe tener por escrito para pedir su autorización sanitaria y pasar la fiscalización de la SEREMI, explicado en simple y con plantillas gratis en Word y PDF.

En simple

Qué es el Decreto 20 y cuándo rige

Es el reglamento del Ministerio de Salud para los establecimientos de larga estadía para personas mayores (ELEAM). Reemplaza al Decreto 14 de 2010 y define qué infraestructura, personal, documentos y registros debe tener cada residencia.

Rige desde el 1 de octubre de 2025. Las residencias que ya funcionaban tienen hasta el 1 de octubre de 2028 para cumplirlo, y hasta el 1 de octubre de 2030 para la seguridad contra incendios. Ver todos los plazos del Decreto 20.

Quién fiscaliza

La SEREMI de Salud de tu región, con la pauta de fiscalización del Ministerio de Salud. SENAMA entrega orientaciones y pide un reporte trimestral.

Qué revisa la fiscalización

La autorización sanitaria, el personal y sus turnos, los planes y protocolos, los registros, los medicamentos, la infraestructura y los derechos de los residentes.

Qué arriesgas

Un sumario sanitario según el Libro X del Código Sanitario. Por eso conviene tener todo por escrito, firmado y fácil de mostrar.

Paso 1 · Art. 5

Para pedir la autorización sanitaria

Lo que se presenta a la SEREMI, junto al pago del arancel. La autorización dura 3 años y se renueva automáticamente.

  • Datos del titular y del establecimientoQuién lo solicita (y su representación, si es una empresa), nombre, correo, teléfono y dirección de la residencia.Art. 5 a) y b)
  • Dominio o uso del inmuebleEscritura, arriendo u otro documento que acredite el derecho a usar la propiedad.Art. 5 c)
  • Plano o croquis a escalaCon cada área, la distribución de camas en los dormitorios y las instalaciones de la cocina.Art. 5 d)
  • Recepción final municipalCertificado de la Dirección de Obras Municipales.Art. 5 e)
  • Certificados de instalacionesAgua potable y alcantarillado; electricidad y gas (de un instalador autorizado); prevención de incendios (de un prevencionista o de Bomberos).Art. 5 f), g) y h)
  • Director(a) técnico(a)Copia del título, carta de aceptación del cargo y su jornada en la residencia.Art. 5 i) y 12
  • Planta del personalCargos, jornadas y sistema de turnos. Revísala con la calculadora de dotación.Art. 5 j) y 15 a 17
  • Planes y protocolosTodos los del paso 2 (reglamento interno, emergencias, ingreso y egreso, atención integral, integración sociocomunitaria, capacitación, urgencias y fallecimiento), más el sistema de reclamos y la Carta de derechos y deberes.Art. 5 k) a t)
Paso 2 · Art. 5 y 25

Planes y protocolos que debes mantener al día

  • Reglamento internoOrden, higiene y seguridad; respeto de los derechos y la autonomía de los residentes; procedimiento de reclamos y uso de los espacios comunes. Va a la vista y se entrega con registro. Modelo gratisArt. 5 k) y 27
  • Plan de emergenciasQué hacer ante incendios, sismos, cortes de agua o luz y robos: protocolos, responsables y elementos disponibles. Modelo gratisArt. 5 l) y 25
  • Protocolo de ingreso y egresoCómo se evalúa el ingreso, el consentimiento voluntario, la inducción al residente y su familia y cuándo procede el egreso. Modelo gratisArt. 5 m) y 25
  • Programa de atención integralPor nivel de dependencia: cuidados de salud, nutrición, rehabilitación, servicios de apoyo, instrumentos de valoración geriátrica y actividades de estimulación y recreación. Modelo gratisArt. 5 n) y 25
  • Plan de integración sociocomunitariaCómo se fortalecen las redes de la familia y la comunidad: organizaciones, voluntariado y actividades intergeneracionales. Modelo gratisArt. 5 o) y 25
  • Plan de inducción y capacitación anualPara todo el personal, con objetivos, contenidos, evaluación y al menos 22 horas al año, con certificado. Modelo gratisArt. 5 p) y 25
  • Protocolo de urgencias médicasQué hacer y a dónde trasladar cuando un residente se descompensa o tiene riesgo vital. Modelo gratisArt. 5 q), 24 y 25
  • Protocolo ante fallecimientoAvisos, certificados y acompañamiento a la familia, según la ley. Modelo gratisArt. 5 r) y 25
Paso 3 · Art. 29

Registros obligatorios: la carpeta SEREMI del ELEAM

  • Planta del personal y turnosCon horario de cada persona y el sistema de turnos. Plantilla WordArt. 29 a)
  • Libro de sugerencias y reclamosFoliado o digital, visible y disponible para residentes y familias. Plantilla WordArt. 29 b)
  • Consentimiento voluntario de ingresoDe cada residente, en su carpeta personal. Plantilla WordArt. 23 y 29 c)
  • Carta de derechos y deberesLa de SENAMA, a la vista y entregada por escrito al ingreso.Art. 29 d)
  • Carpeta personal de cada residenteSistema de salud, historial de salud y social y registro de medicamentos, al día y con acceso restringido. Con la Ficha Clínica ELEAM queda digital y con permisos. Checklist de la carpeta SEREMIArt. 12 j), 29 e) y 30
  • Registro de medicamentosRecepción y cada administración: residente, medicamento, dosis, hora y vía. Planilla gratisArt. 10 q) y 18 g)
  • Reporte trimestral a SENAMAInformación administrativa, de residentes y de trabajadores.Art. 12 t)
Por cada residente

Al ingreso y durante la estadía

Lo que debe quedar en la carpeta personal de cada persona mayor.

  • Valoración de dependenciaFuncional, cognitiva y nutricional, con instrumentos de valoración geriátrica. Un certificado externo sirve si tiene 15 días o menos.Art. 12 b)
  • Consentimiento voluntario de ingresoFirmado por la persona mayor o su representante legal.Art. 23
  • Contrato de residenciaDerechos y deberes, causales de exclusión, rendición de cuentas si se administran sus ingresos, inventario de bienes y contactos de emergencia. Modelo de contrato · Plantilla de inventarioArt. 28
  • Ficha de ingreso y plan de cuidadosDatos, tutor, alergias, patologías, medicamentos y plan de cuidados. Planillas gratisArt. 5 n) y 29 e)
  • Inscripción en su centro de saludCESFAM o centro privado, con red de derivación definida.Art. 12 l) y m) y 26
A la vista

Lo que debe estar visible en la residencia

  • Letrero de la resolución sanitariaEn el frontis, de 40 × 40 cm como mínimo, con el número y la fecha de la resolución.Art. 10 a)
  • Reglamento internoUna copia en un lugar visible para el personal, los residentes y sus familias.Art. 27
  • Carta de derechos y deberesEn un lugar visible y de uso común.Art. 5 t) y 29 d)
  • Libro de sugerencias y reclamosVisible y disponible.Art. 29 b)
  • Planos de evacuaciónAl menos en la recepción y en el comedor, con señalética e iluminación autónoma en las vías de evacuación.Art. 10 l)
  • Equipo de saludSala de atención o equipo móvil con esfigmomanómetro, fonendoscopio, termómetro, saturómetro, glucómetro y botiquín.Art. 10 p)
Documentos modelo gratis · Word y PDF

Arma tu carpeta SEREMI con la biblioteca de MACA

Los 15 documentos del Decreto 20 (protocolos, planes, reglamento interno, contrato, registros y el checklist de la carpeta SEREMI) están en la biblioteca, junto a las planillas del plan de cuidados. Son referenciales: adáptalos y valídalos con tu asesor.

Preguntas frecuentes

El Decreto 20, en simple

¿Qué es el Decreto 20?

Es el Reglamento de Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEAM) del Ministerio de Salud. Reemplaza al Decreto 14 de 2010 y fija qué autorización, infraestructura, personal, protocolos y registros debe tener cada residencia.

¿Cuándo entra en vigencia el Decreto 20?

Entró en vigencia el 1 de octubre de 2025. Desde esa fecha, las residencias nuevas deben cumplirlo para obtener su autorización sanitaria.

¿Cuáles son los plazos del período transitorio?

Las residencias que ya funcionaban tienen 3 años desde la vigencia, hasta el 1 de octubre de 2028, para cumplir el Decreto 20. La seguridad contra incendios (artículo 10 letra k) tiene 5 años, hasta el 1 de octubre de 2030. La misma regla aplica a las que estaban tramitando su autorización o en el Plan de Regularización de SENAMA.

¿Cuántas camas puede tener una habitación de un ELEAM?

Como máximo 4 camas, con al menos 90 cm de circulación entre ellas, una mesa de noche por cama, un espacio con seguridad para las cosas de cada residente y un timbre o sistema de llamado. Con dependencia severa, catre clínico y llamado individual (artículo 10 letra j).

¿Quién fiscaliza a los ELEAM?

La SEREMI de Salud de cada región, con la pauta de fiscalización del Ministerio de Salud. SENAMA entrega orientaciones técnicas y pide un reporte trimestral de la residencia, sus residentes y trabajadores.

¿Cuánto dura la autorización sanitaria?

Tres años desde que se otorga, y se renueva automáticamente por periodos iguales. Los cambios de director técnico, personal o turnos se informan a la SEREMI dentro de 5 días hábiles, y los cambios de dueño o de la planta física, dentro de 20.

¿Quién puede ingresar a un ELEAM?

Personas de 60 años o más que deciden ingresar de forma libre y voluntaria, lo que debe constar por escrito. No pueden ingresar personas con una condición de salud grave que requiera asistencia médica continua.

¿La autoevaluación reemplaza la pauta de la SEREMI?

No. Es una herramienta orientativa, basada en el texto vigente del Decreto 20, para que sepas por dónde partir. La pauta oficial de fiscalización la publica el Ministerio de Salud.

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