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last_updated: 2026-10-09
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# Ley Karin en ELEAM: protocolo, denuncias e investigación

*Gestión de personas · 4 de octubre de 2026 · 6 min de lectura*

Ley Karin en residencias y ELEAM: qué debe tener el protocolo, cómo recibir denuncias, plazos de investigación y qué hacer ante la violencia de familias.

Por [Ana María Cortez Muñoz](https://www.linkedin.com/in/ana-mar%C3%ADa-cortez-mu%C3%B1oz-57a341158), Enfermera Universitaria, Encargada de UX Clínica, y [Thomas Contreras Gavilán](https://macainn.cl/nosotros), CEO y fundador de MACA de MERA INN

**Sí, la Ley Karin aplica a todos los ELEAM y residencias de adultos mayores, sin importar cuántos trabajadores tengan.** Desde el 1 de agosto de 2024, la Ley 21.643 obliga a todo empleador a tener un protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, a recibir denuncias, a investigarlas en plazos fijos y a proteger a quien denuncia. En una residencia de personas mayores hay un punto que suele olvidarse: la ley también cubre la violencia que ejercen personas ajenas a la relación laboral, como familiares, visitas y proveedores.

En este artículo verás qué debe tener el protocolo, cómo se tramita una denuncia paso a paso y cómo abordar las agresiones de residentes y familias.

## Qué es la Ley Karin y qué conductas cubre

La Ley 21.643 modificó el Código del Trabajo (arts. 2 y 211-A y siguientes) y otras normas. Distingue tres conductas:

- **Acoso sexual:** requerimientos de carácter sexual no consentidos que amenazan o perjudican la situación laboral o las oportunidades de la persona.
- **Acoso laboral:** agresión u hostigamiento hacia un trabajador, por cualquier medio, que lo menoscaba, maltrata o humilla, **aunque ocurra una sola vez** . Puede venir de una jefatura, de un par o de un subordinado.
- **Violencia en el trabajo:** conductas que afectan a los trabajadores mientras prestan servicios, ejercidas por clientes, proveedores o usuarios, entre otros.

## ¿La violencia de familiares y visitas cuenta como violencia laboral?

Sí. El familiar que grita a una cuidadora porque su madre no estaba vestida a la hora de la visita, la visita que amenaza al técnico de turno o el proveedor que insulta a la recepcionista son casos de violencia en el trabajo. La residencia debe prevenirlos y actuar:

- **Familiar o visita:** la dirección conversa con la persona, le recuerda las reglas de trato del reglamento interno y deja registro. Ante amenazas o agresiones puede restringir sus visitas como medida excepcional, informándolo por escrito y sin afectar el derecho del residente a recibir a otras personas.
- **Proveedor:** se informa a su empresa y se pide el cambio de la persona, si corresponde.
- **Hechos que pueden ser delito** (agresión física, amenazas graves, abuso sexual): además se denuncian a Carabineros (133), a la PDI o a la Fiscalía.

## ¿Y si quien agrede es un residente con demencia?

Es uno de los riesgos más frecuentes en el cuidado de personas mayores, y se aborda primero como un problema de salud: protege al trabajador, aplica el [protocolo de agitación psicomotora](https://macainn.cl/recursos#protocolo-agitacion-psicomotora-eleam), avisa al médico y revisa el plan de cuidados del residente. Igual corresponde registrar el hecho, ofrecer apoyo a quien lo sufrió y tomar medidas para que no se repita, como trabajar en pareja en los cuidados de mayor riesgo.

## Protocolo Ley Karin para ELEAM: qué debe tener

El Código del Trabajo pide que el protocolo incluya, a lo menos (art. 211-A):

- La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos psicosociales, con perspectiva de género.
- Medidas para prevenir y controlar esos riesgos, con objetivos medibles.
- Medidas para informar y capacitar al equipo sobre los riesgos, las medidas de prevención y sus derechos.
- El resguardo de la privacidad y la honra de quienes participan en una investigación.

En una residencia, los riesgos típicos son el turno de noche con poco personal, los residentes con agitación, las familias en conflicto, los cuidados íntimos a solas en la habitación y las jefaturas sin preparación para recibir una denuncia. El protocolo debe nombrarlos y asignarles medidas concretas. Puedes partir del [protocolo modelo de prevención del acoso y la violencia laboral para ELEAM](https://macainn.cl/recursos#protocolo-prevencion-acoso-violencia-laboral-eleam), que ya trae una tabla de riesgos propios de una residencia.

Si tu residencia tiene 10 o más trabajadores, el Código del Trabajo le exige un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, que debe incluir el procedimiento de investigación y sanción. El Decreto 20, a su vez, pide a todo ELEAM un reglamento interno que incluya el orden, la higiene y la seguridad, con registro de su recepción por cada trabajador (arts. 5 k y 27). Aprovecha el [reglamento interno modelo para ELEAM](https://macainn.cl/recursos#reglamento-interno-eleam) para cumplir ambas exigencias en un solo documento.

## Cómo se tramita una denuncia: plazos de la Ley Karin

La denuncia puede hacerse por escrito o en forma verbal ante la residencia, o directamente ante la Inspección del Trabajo. Si es verbal, quien la recibe la deja por escrito y la persona la firma. Después:

1. **Al recibirla:** registra la denuncia, entrega copia a quien denuncia e infórmale sobre la **atención psicológica temprana** de su mutualidad u organismo administrador de la Ley 16.744.
2. **De inmediato:** adopta medidas de resguardo según la gravedad y las posibilidades de la residencia, como separar espacios, cambiar turnos o redistribuir la jornada.
3. **Dentro de 3 días hábiles:** inicia la investigación interna o remite la denuncia a la Inspección del Trabajo. Si investigas, informa el inicio a la Dirección del Trabajo en su sitio web.
4. **En un plazo máximo de 30 días:** termina la investigación, que se hace por escrito, con reserva, de forma imparcial y con perspectiva de género, escuchando a ambas partes y sus pruebas.
5. **Envía las conclusiones a la Inspección del Trabajo,** que tiene 30 días para pronunciarse.
6. **Dentro de los 15 días hábiles** siguientes a su pronunciamiento, aplica las medidas o sanciones que correspondan y comunícalas a las partes.

Nadie puede ser perjudicado por denunciar o declarar de buena fe. Como recomendación, define desde ya quién investiga y quién lo reemplaza si la denuncia lo involucra: en una residencia pequeña, la persona que recibe la denuncia muchas veces es la misma jefatura denunciada.

## Información semestral y capacitación del equipo

La ley obliga a informar **cada seis meses** los canales para denunciar y las instancias públicas donde hacerlo, como la Inspección del Trabajo. Deja registro firmado de cada entrega, igual que la del protocolo al ingresar.

La capacitación en buen trato laboral y prevención del acoso puede formar parte del plan de inducción y capacitación anual del personal, que el Decreto 20 exige con un mínimo de 22 horas (arts. 5 p y 25). Con 10 o más trabajadores, el protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales del Minsal pide evaluarlos con el cuestionario CEAL-SM/SUSESO, junto a tu organismo administrador. Y como el desgaste también alimenta los conflictos, complementa con un [plan de autocuidado del equipo](https://macainn.cl/recursos#plan-autocuidado-equipo-eleam).

## Checklist rápido de Ley Karin para tu residencia

- Protocolo escrito, con los riesgos propios de la residencia.
- Protocolo entregado a todo el equipo, con firma de recepción.
- Canal de denuncia claro y un reemplazante definido.
- Información semestral de los canales, registrada.
- Una persona capacitada e imparcial para investigar.
- Procedimiento para las agresiones de residentes, familias y visitas.
- Revisión anual del protocolo, de los casos y de las medidas.

Mide dónde estás con el [test Ley Karin para ELEAM](https://macainn.cl/test-ley-karin-eleam): 15 preguntas, 4 minutos y un informe en PDF con tus prioridades.

Todo lo anterior es referencial: revisa tu protocolo con un abogado o asesor laboral y con tu organismo administrador de la Ley 16.744 antes de aplicarlo.

El protocolo modelo, la descripción de cargos, la pauta de entrega de turno y otros documentos para tu equipo están gratis, en Word y PDF, en la [biblioteca de gestión de personas](https://macainn.cl/recursos#personas).

## Preguntas frecuentes

¿La Ley Karin aplica a una residencia de adultos mayores con pocos trabajadores?

Sí. Desde el 1 de agosto de 2024 todo empleador debe tener un protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo, sin importar cuántos trabajadores tenga.

¿Las agresiones de familiares de residentes cuentan como violencia en el trabajo?

Sí. La Ley Karin incluye la violencia que ejercen personas ajenas a la relación laboral, como usuarios, clientes o proveedores; en un ELEAM, eso abarca a familiares y visitas. La residencia debe prevenirla, registrarla y proteger al trabajador.

¿Qué plazos tiene un ELEAM para investigar una denuncia de Ley Karin?

Dentro de 3 días hábiles debe iniciar la investigación o remitir la denuncia a la Inspección del Trabajo. La investigación dura como máximo 30 días, la Inspección tiene 30 días para pronunciarse y, recibido su pronunciamiento, la residencia tiene 15 días hábiles para aplicar las medidas o sanciones.

¿Qué hago si un residente con demencia agrede a una cuidadora?

Abórdalo primero como un problema de salud: protege a la trabajadora, aplica el protocolo de agitación psicomotora, avisa al médico y revisa el plan de cuidados. Además, registra el hecho, ofrece apoyo a la trabajadora y toma medidas para que no se repita.

¿Cada cuánto hay que informar los canales de denuncia al equipo?

Cada seis meses. La residencia debe informar semestralmente los canales para denunciar y las instancias públicas donde hacerlo, y conviene dejar registro firmado de cada entrega.

## Normativa de referencia

- Ley 21.643 (Ley Karin), que modifica el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo (leychile.cl)
- Código del Trabajo, artículos 2 y 211-A y siguientes (leychile.cl)
- Ley 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (leychile.cl)
- Dirección del Trabajo, información sobre la Ley Karin (dt.gob.cl)
- Superintendencia de Seguridad Social, cuestionario CEAL-SM/SUSESO (suseso.cl)
- Decreto 20 de 2021 del Ministerio de Salud, texto vigente (leychile.cl)

Contenido referencial escrito por el equipo de MACA, que trabaja con ELEAM desde 2020, según la normativa chilena vigente al 4 de octubre de 2026. Valida su aplicación en tu residencia con tu dirección técnica y tu asesor.

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